El anterior grupo de gobierno pudo haber eludido el control del gobierno canario
Icod de los Vinos * 11/05/2008 - Fuente_ ElDigitaldeCanarias.com
Existe un decreto del Alcalde de Icod de los Vinos, don Juan José Dorta Álvarez, de fecha 17 de junio de 2005, por el cual declaró indefinidos, de oficio, 42 contratos laborales sin sujeción al procedimiento legal y del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 14 de junio de 2005 por el que se le propuso al alcalde que adopte dicha resolución. Este decreto confirma que lo ya denunciado acerca de la forma de proveer de forma permanente los puestos de empleados del Ayuntamiento de Icod, a dedo, sin sujeción al procedimiento legal, no era un caso excepcional, sino la práctica habitual del ex alcalde con la intencionalidad de crear un Ayuntamiento a su servicio, no destinado al servicio público. Aunque se dice que se trata de una contratación provisional hasta que las plazas se provean por el procedimiento legal, la realidad es que esta declaración no es cierta, sino que se trata de una declaración formal destinada a dar mayor apariencia de legalidad a lo que era pura y simplemente nombramientos a dedo para empleos públicos.
Prueba de ello es que los procedimientos para la provisión definitiva de las plazas mediante el procedimiento legal nunca se realizaron. De hecho ni siquiera existe expediente iniciado con esa finalidad a pesar de que el decreto se dictó dos años antes de que dejara de ser alcalde.
Por otra parte, este decreto se dictó para eludir los controles de la Comunidad Autónoma de Canarias, (controles tan nombrados a lo largo de esta instrucción) y de los requerimientos efectuados por la misma (Resolución nº 424 de 7 de marzo de 2005, de la dirección General de Administración Territorial y Gobernación, entre otras) sobre diversos decretos anteriores de contrataciones de personal irregulares por no haberse sujetado al procedimiento legal, cuya anulación se exigía. Ante este requerimiento el ex alcalde decidió no anular los contratos como le exigía la Comunidad Autónoma, sino declararlos indefinidos. Para ello contó con el apoyo de los miembros de la Junta de Gobierno Local que el día 14 de junio de 2005 que, plenamente conocedora de la situación del requerimiento (“4.- El número de trabajadores afectados asciende a 45 y la causa que motiva el requerimiento recibido consiste en haber procedido a la contratación directa de personal laboral no permanente, si que , previamente, hubiera convocado los preceptivos procesos selectivos de acceso, decidió, por unanimidad, proponer al alcalde que declarara los 45 contratos indefinidos.
La falta de atención y cumplimiento a los requerimientos efectuados por el órgano de control dio lugar a diversos procedimientos contencioso administrativos en los que, primero se ordenó la suspensión parcial de las contrataciones y más tarde diversas sentencias, todas condenatorias. Por eso se ha pedido que se remita copia del expediente completo e integro relativo al acuerdo de la Junta de Gobierno Local que el día 14 de junio de 2005, asunto de urgencia, y del decreto del Alcalde de Icod de los Vinos, Juan José Dorta Álvarez, de fecha 17 de junio de 2005, por el cual declara indefinidos, de oficio, 45 contratos laborales, junto con todos los expedientes de contratación que dieron lugar a dicho decreto. Copias de los expedientes completos relativos a los decretos de 3, 5, 10 y 11 de enero de 2005 relativos a contratación de personal. Copias de todas las resoluciones de la jurisdicción contencioso administrativa recaídas hasta la fecha en relación con los recursos interpuestos por la Comunidad Autónoma de Canarias por las contrataciones irregulares de personal y de los expedientes de ejecución de las indicadas sentencias.